Ir al contenido principal

La Junta exime de tramitar el DAT a los viticultores que tengan la tarjeta impulsada por la DOP Montilla-Moriles

Por cuarto año consecutivo, el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida (DOP) Montilla-Moriles emitirá la Tarjeta del Viticultor, un dispositivo electrónico que registra los datos esenciales sobre la cosecha y que persigue controlar el origen de la uva que se recolecte durante la próxima vendimia. De esta forma, gracias a que este sistema permite certificar la calidad de los vinos que se obtengan esta campaña, los viticultores de la comarca estarán exentos de tramitar el Documento de Acompañamiento de Transporte (DAT).



El Consejo Regulador de la DOP Montilla-Moriles, que acaba de abrir el plazo para la renovación o solicitud su Tarjeta del Viticultor, ha señalado que la medida adoptada durante la campaña 2016 ha sido valorada por la Junta de Andalucía como "un sistema válido de garantía de la trazabilidad que exime a los agricultores de esta DOP de la obligatoriedad de tramitar el DAT".

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobó el pasado día 8 de octubre de 2018 el Decreto 190/2018 por el que se creaba y regulaba el Registro de Explotaciones Agrarias y Forestales de Andalucía (REAFA) y el Documento de Acompañamiento al Transporte (DAT) de los productos agrarios y forestales con el objetivo de organizar y controlar el transporte; mejorar la seguridad y la trazabilidad, y acreditar el origen y destino dificultando la sustracción y posterior venta ilegal.

Este documento de acompañamiento debe estar disponible y ser aportado en cualquier momento, a requerimiento de los agentes de la autoridad, en el traslado de los productos sin transformar desde las explotaciones hasta los lugares de almacenamiento o los primeros destinos de comercialización. Los destinatarios deben conservarlo durante al menos cinco años desde su recepción.

Una medida que, según puntualizó la Junta de Andalucía recientemente, únicamente afectara a aquellas explotaciones de uva de vinificación que envíen uva desde sus explotaciones a bodegas de titulares distintos de los de los viñedos, quedando exentos de esta obligación tanto las bodegas que cosechan uva propia como las cooperativas. Además, a efectos prácticos para la campaña 2019, se podrán considerar como válidos los distintos formatos de volantes de transporte de las distintas Denominaciones de Origen, siempre y cuando contengan la información establecida por el Reglamento 2018/273.

"Esta excepción, y por tanto la eximente de aplicación en todo el territorio de la DOP Montilla-Moriles del DAT en la vendimia 2019, es un reconocimiento de la Administración competente sobre los sistemas de control aplicados por la Denominación de Origen a los productos agrícolas previa a su entrada al lagar, y desea reconocer el esfuerzo y compromiso de nuestros agricultores con este sistema de control", ha señalado el Consejo Regulador de la DOP Montilla-Moriles.

I. TÉLLEZ / REDACCIÓN
FOTOGRAFÍA: I. TÉLLEZ