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El Consistorio rambleño modifica la regulación de las garantías en suelo no urbanizable

El Pleno de la Corporación Municipal de La Rambla ha aprobado la modificación de la ordenanza que regula las prestaciones económicas de las instalaciones y obras en suelo no urbanizable –conocidas como "de interés social"-, gracias a lo cual “se procederá a la devolución de la garantía, a instancia del interesado, una vez se hayan concluido las obras y se haya obtenido la correspondiente licencia de ocupación o utilización”, tal y como explicó el regidor del municipio, Juan Jiménez Campos.

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Para el alcalde de La Rambla, "este acuerdo facilitará la instalación de nuevas empresas de utilidad pública o interés social y liberará de cargas a las ya existentes al permitir la devolución de los avales o fianzas, una vez se hayan finalizado las obras y obtenido las correspondientes licencias".

La Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) permite la posibilidad de llevar a cabo en el suelo clasificado como "no urbanizable" actos de edificación, construcción, obras o instalaciones no vinculados a la explotación agrícola, pecuaria, forestal o análoga, mediante la tramitación urbanística pertinente, estando los promotores obligados a abonar una prestación compensatoria en concepto de gravamen o impuesto.

De igual modo, la normativa autonómica obliga a los promotores a asegurar la prestación de garantía por cuantía mínima del 10 por ciento del coste de la instalación para cubrir los gastos que puedan derivarse de incumplimientos e infracciones, así como los resultantes, en su caso, de las labores de restitución de los terrenos.

Según Juan Jiménez Campos, "esta garantía está teniendo en la práctica carácter indefinido, ya que sus condiciones y plazos deberían estar regulados por un Reglamento posterior a la LOUA".

Por ello, y teniendo en cuenta la "voluntad municipal de facilitar la instalación de nuevas empresas así como liberar a las ya instaladas de cargas económicas que no suponen ningún beneficio para la población", la modificación será de aplicación a las empresas de utilidad pública que, previamente a la aprobación de la ordenanza, hayan obtenido las correspondientes licencias y acreditado el cumplimiento y la correcta ejecución del plan especial o proyecto de actuación.

REDACCIÓN / CAMPIÑA DIGITAL
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